domingo, 12 de agosto de 2007

DIPUTADA GOIC PIDE LICENCIA DE HASTA SEIS MESES PARA MADRES EN CASOS DE ENFERMEDAD GRAVE DE SUS HIJOS MENORES DE 18 AÑOS


El cáncer es la segunda causa de mortalidad en niños de 0 a 15 años en nuestro país, existiendo un promedio de 500 casos nuevos al año con terapias que normalmente se extienden por varios meses. Diputada Carolina Goic y Presidente de la Cámara, Patricio Walker, esperan patrocinio del Ejecutivo.


Una serie de cambios a la actual licencia a la que pueden optar las madres y, eventualmente los padres trabajadores, cuando sus hijos menores de 18 años padecen de una enfermedad grave, presentaron, a través de un proyecto de ley, la diputada Carolina Goic, el Presidente de la Cámara, Patricio Walker, junto a los diputados Carlos Olivares y Gonzalo Duarte.


Se trata de ampliar el plazo de diez días a un máximo de seis meses, agregando que el tiempo de ausencia no deba ser devuelto por la madre, como ocurre en la actualidad, implementándose, además, un subsidio estatal para estos casos.


Lo anterior, explicó la parlamentaria magallánica, como una forma de responder efectivamente al apoyo que necesitan los menores cuando padecen enfermedades graves, agudas o terminales, como el cáncer infantil -segunda causa de mortalidad en niños de 0 a 15 años en nuestro país- donde la duración del tratamiento va de tres meses a 2 años y medio, con un promedio de 6 meses.


El proyecto, que requiere del patrocinio del Gobierno, se suma a una serie de iniciativas ingresadas por ambos parlamentarios en lo que han denominado la Agenda pro Familia, incluyendo proyectos relativos a la maternidad e infancia-.

La iniciativa propone sustituir el artículo 199 bis del Código del Trabajo, por un nuevo artículo que contemple una licencia médica por enfermedad grave del hijo menor de 18 años, con una duración máxima de seis meses.


Al respecto, la diputada Goic explicó que “el artículo, contenido dentro de las normas sobre protección a la maternidad, fortalecerá la actual legislación, toda vez que la salud de un menor de 18 años requiere de la atención personal de sus padres con motivo de un accidente grave o de una enfermedad terminal en su fase final o enfermedad grave, aguda y con probable riesgo de muerte.

De este modo, la normativa ampliará los plazos de licencia otorgada al padre o la madre a cargo del menor enfermo, no siendo necesario la devolución de los días licenciados, que es lo que ocurre actualmente al ser otorgado solo un “permiso para ausentarse al trabajo”.


Actualmente, frente a la insuficiencia de la norma, la única vía que ha quedado a las madres trabajadoras es utilizar licencia médica por trastorno de la salud mental como depresión o crisis de ansiedad ante el sufrimiento de sus hijos. Sin embargo, estas licencias son -de acuerdo a lo señalado por profesionales médicos-, cada día más rechazadas por las instituciones aseguradoras.


El proyecto, dijo finalmente, “permitirá seguir favoreciendo sin distinción a todas las trabajadoras que dependan de algún empleador, incluidas aquellas que trabajan en su domicilio y, en general, a todas las mujeres que estén acogidas a algún sistema previsional”.

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